La resolución 300/20 establece que por el plazo de NOVENTA (90) días una reducción del NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) de la alícuota que se destine al Sistema Integrado Previsional Argentino aplicable a los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.
Además, por el plazo de NOVENTA (90) días, que las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias serán del DOS CON CINCUENTA CENTÉSIMOS POR MIL (2,50‰) y del CINCO POR MIL (5‰), para los créditos y débitos en cuenta corriente te cuando se trate de empleadores correspondientes a establecimientos e instituciones relacionadas con la salud