El Poder Ejecutivo ha presentado un proyecto de ley que propone modificaciones en el Impuesto a las Ganancias, entre las principales se encuentran:
- Ganancia no imponible: $ 48.666
- Deducciones por cargas de familia: sólo podrá deducirse al hijo/a o hijastro/a, menor de 18 años $ 22.872. A su vez, elimina la posibilidad de deducir al cónyuge y a los ascendientes como carga de familia.
- Deducción especial: $ 48.666
- Incrementa el mínimo no imponible y la deducción especial en un 15%;
- Se modifican las escalas del Art.90, partiendo de una alícuota del 5% sobre una ganancia neta superior a $ 61.000, hasta una alícuota del 35% para ganancias netas superiores a $ 426.000, y se actualizan los mínimos sujeto a impuesto a partir de los cuales se aplicará cada alícuota;
- Prevé dos actualizaciones adicionales de la escala del Art.90 con efectos a partir del 01/01/2018 y a partir del 01/01/2019;
- Propone además, contemplar que si el sujeto tributa ganancias por primera vez y queda encuadrado en la primera escala del Art.90, en el primer periodo fiscal la alícuota a aplicar será del 2% sobre la ganancia neta imponible acumulada.
Cabe mencionar, que el Poder Ejecutivo mediante el Decreto N° 1194/2016 (B.O.: 24/11/2016), ha convocado al Congreso de la Nación a sesiones extraordinarias el próximo mes de diciembre para el tratamiento del mencionado proyecto.