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El Banco Central de la República Argentina emitió el pasado 08/09/2016 la Comunicación “A” N°6059, mediante la cual dispone que las entidades financieras podrán admitir que personas humanas que no sean clientes gestionen la apertura de cajas de ahorros a través de medios electrónicos y/o de comunicación, que les permitan suplir su presencia física en la casa operativa de la entidad. Para ello deberán adoptar procedimientos, tecnologías y controles que permitan verificar la identidad del solicitante y la autenticidad de los datos recibidos, los cuales podrán incluir el requerimiento de información de bases de datos públicas y/o privadas para su comparación con los datos recibidos del solicitante.
Esta disposición entró en vigencia a partir del 09/09/2016.-