Mediante el Decreto Nacional 624/2020, se prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días, a partir del 30 de julio de 2020. Esta disposición incluye la prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se realicen en los términos del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo. Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación a la normativa no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.
No será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia.