Se dicta en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social la prórroga hasta el día 12 de abril inclusive, y sus normas complementarias.
Prohibiendo los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir 31/03/2020
También se prohíbe las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el plazo de SESENTA (60) días, contados a partir del 31/03/2020.
Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.