Por medio de la RG 4346 (AFIP) (B.O: 29/11/2018) se adecua de forma transitoria la RG 4268 (AFIP) que implementa de carácter permanente un régimen de facilidades de pagos para Pymes, para la cancelación de obligaciones impositivas, de recursos de la seguridad social y/o aduanera.
La resolución establece que las micro, pequeñas y medianas empresas -tramo 1- categorizadas como tales en el “Sistema Registral” podrán regularizar sus obligaciones por tipo deuda general y en gestión judicial en hasta 6 planes. El plazo para realizarlo será desde el 1/12/2018 hasta el 28/02/2019.
Además los contribuyentes que regularicen deudas que se originen en ajustes de fiscalización podrán solicitar desde el 01/12/2018 y hasta el 31/03/2018 la cancelación mediante un planes de pagos de hasta 24 cuotas (antes, solo 12).