Se establece mediante el Decreto 1043/2018 (BO: 13/11/2018), con vigencia a partir del 13/11/2018 hasta el 31/03/2019, el procedimiento mediante el cual el empleador deberá comunicar con una anticipación no menor a 10 días al Ministerio de Producción y Trabajo, la decisión de despedir sin justa causa a trabajadores contratados por tiempo indeterminado.
En dicho plazo la Autoridad de Aplicación, de oficio o a pedido de parte, podrá convocar a audiencia a las partes para que se consideren las condiciones en que se llevara a cabo la futura extinción laboral.
El incumplimiento de este procedimiento dará lugar a la aplicación de sanciones previstas en la ley 25212 Anexo II.
Cabe aclarar que dicho procedimiento no alcanza al personal de la industria de construcción.