A través de la Resolución 449/2018(B.O: 14/11/2018) la Secretaría de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa establece que las empresas solicitantes del bono de crédito fiscal cuyo trámite este en curso al 02/11/2018 serán intimadas para que en el plazo de 10 días hábiles cumplan con el pago del arancel por las tareas de verificación y control.
En el resto de los casos tendrán un plazo de 5 días desde la intimación del pago.
Recordamos que si en dicho plazo no se realiza el pago se desestimará el trámite de emisión del bono.