Mediante la Ley de Apoyo al Capital emprendedor (Ley N° 27.349), publicada en el Boletín Oficial el 12/04/2017, se dispone una serie de beneficios para promover el desarrollo de capital emprendedor, fomentando el desarrollo local de las distintas actividades productivas. En el marco de esta Ley, la AFIP publicó en los últimos días dos Resoluciones Generales que regulan aspectos vinculados a las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS):
- RG N° 4.114-E : dispone que las SAS podrán emitir comprobantes tipo “A” desde el inicio de actividades, quedando exceptuadas de cumplir los requisitos, condiciones y formalidades que para ello establece la RG N° 1.575 en su Título I. No obstante ello, la normativa aclara que deberán cumplir con el régimen cuatrimestral de información de operaciones -Título V de RG N° 1.575-. La entrada en vigencia de estas disposiciones será a partir del 01/09/2017.
- RG N° 4.115-E: se invita al Ministerio de Producción y a la FACPCE a conformar una Comisión junto con la AFIP, para determinar el contenido de los estados contables que deberán confeccionar las sociedades por acciones simplificadas (SAS), de acuerdo a lo establecido en el Art. 58 Título III de la Ley 27.349.
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