En los últimos días se publicó la Resolución (CNEPSMVM) Nº 3-E/2017, que fija un incremento progresivo del salario mínimo, vital y móvil, para todos los trabajadores comprendidos en la ley de contrato de trabajo (t.o. 1976), los de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares, de acuerdo con la siguiente escala:
- A partir del 1º de julio de 2017: $ 8.860 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 44,30 por hora, para los trabajadores jornalizados.
- A partir del 1º de enero de 2018: $ 9.500 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 47,50 por hora, para los trabajadores jornalizados.
- A partir del 1º de julio de 2018: $ 10.000 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y de $ 50 por hora, para los trabajadores jornalizados.
A su vez, se incrementan los importes correspondientes al mínimo y máximo de la prestación por desempleo, fijándose las sumas siguientes:
- A partir del 1º de julio de 2017: $ 2.061 y $ 3.297,60, respectivamente.
- A partir del 1º de enero de 2018: $ 2.209,80 y 3.535,68, respectivamente.
- A partir del 1º de julio de 2018: $ 2.326,03 y $ 3.721,65, respectivamente.
