La AFIP prorrogó nuevamente los vencimientos de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta y sobre los bienes personales del período fiscal 2016, para personas humanas, sucesiones indivisas, explotaciones unipersonales y otras clases de sociedades constituidas en el país (que no sean sociedades de capital) -art. 49, inc. b), LIG-, cuyos cierres coincidan con el año calendario.
La Resolución General N° 4081-E dispone una nueva prórroga sólo para la presentación de las declaraciones juradas, siendo el nuevo cronograma de vencimientos:
- Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales (personas humanas y sucesiones indivisas):
- Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (personas humanas, explotaciones unipersonales y otras clases de sociedades constituidas en el país que no sean sociedades de capital -art. 49, inc. b), LIG- cuyos cierres coincidan con el año calendario):
- Impuesto sobre los Bienes Personales – Acciones y Participaciones Societarias:
- Declaración jurada informativa de Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales:
Aquellos contribuyentes que deban solicitar el plan de facilidades de pago por el saldo del impuesto -RG (AFIP) 4057- sin haber presentado la correspondiente declaración jurada, deberán cargar manualmente el saldo del impuesto ingresando a la opción “Validación de Deuda” dentro del servicio “Mis Facilidades”.
La Resolución también dispone la prórroga del vencimiento para el ingreso del primer anticipo del 2017 de ganancias, ganancia mínima presunta y bienes personales, según el siguiente cronograma:
En otro orden, se establece que los sujetos alcanzados por el impuesto extraordinario a las operaciones financieras especulativas “dólar futuro”, cuyos cierres de ejercicio comercial hubieran operado en el mes de enero de 2017, podrán presentar la DDJJ e ingresar el impuesto el día 28 de junio de 2017.