En el día Martes 27/12/2016 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Nación, la Ley N° 27.346, la cual establece modificaciones al Impuesto a las Ganancias, Monotributo, junto con la creación del Impuesto a los juegos de azar y a las operaciones con dólar futuro, con aplicación a partir del 01/01/2017. Las principales modificaciones que establece, son las siguientes:
- Impuesto a las Ganancias:
- Se mantiene la deducción por cónyuge y se incrementan en un 22% las deducciones personales con respecto a los valores aplicables para el 2016;
- Se establece una nueva escala de alícuotas (Art.90 de la Ley) que incorpora una mayor cantidad de tramos;
- Los hijos o hijastros serán deducibles, en tanto sean menores de 18 años;
- Se establecen nuevas deducciones en concepto de viáticos y alquileres de casa habitación;
- Se establece una nueva forma de calcular la incidencia del aguinaldo en la forma de determinar el impuesto;
- Monotributo: se incrementan los importes máximos de facturación de cada categoría, pasando de $ 400.000 anuales a $ 700.000 en el caso de prestaciones de servicios, y de $ 600.000 a $ 1.050.000 en el caso de venta de cosas muebles, como así también se incrementan los importes del impuesto integrado.
Se posibilita por única vez, a los sujetos que hayan quedado excluidos de pleno derecho durante los 12 meses inmediatos anteriores a la vigencia de las nuevas disposiciones puedan volver adherir al régimen sin esperar el plazo de 3 años desde su exclusión.
- Otros impuestos: Se crea un impuesto indirecto sobre apuestas online y un impuesto extraordinario para operaciones con dólar futuro, y se crea la figura del responsable sustituto en el impuesto al valor agregado por operaciones en las que intervengan sujetos del exterior.