La Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba, mediante la publicación de la Resolución Normativa N° 31/2016 (B.O.: 22/09/2016), establece que en los casos de los contratos de locación y sublocación de inmuebles, incluidos los contratos con opción de compra, cuya base imponible para el impuesto de sellos no supere los $ 216.000, se podrá optar, para la cancelación de éste impuesto, por la emisión de la “Declaración Jurada – Autoliquidación del Impuesto de Sellos, la cual se obtiene ingresando a la web de la Dirección, – www.rentasweb.gob.ar – con clave, accediendo al ítem “Genere su Boleta de Pago” dentro de la opción “Sellos” del menú.
Esta disposición entra en vigencia a partir del 09/09/2016.