El día 22/01/2016 se publicó en el Boletín Oficial la nueva ley impositiva 2016 -Ley Nº 14.808-. La misma incluye algunas modificaciones al Código Fiscal, como la posibilidad de abonar el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes hasta en 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Para el citado impuesto también se establece que no estarán alcanzados los enriquecimientos patrimoniales a título gratuito cuyos montos totales no superen la suma de $78.000. El mismo se elevará hasta $ 325.000 cuando se trate de padres, hijos y cónyuges.
En cuanto al Impuesto a los Ingresos Brutos, se mantienen para 2016 las alícuotas aplicadas durante el año anterior, y destacamos las siguientes modificaciones:
- Se elevan las escalas aplicables para la determinación de las alícuotas incrementadas y especiales para los grandes contribuyentes y/o para los contribuyentes extraprovinciales sobre las actividades de comercialización mayorista o minorista, prestaciones de obras y/o servicios, y/o producción primaria y producción de bienes.
- Se incrementan los mínimos mensuales y de iniciación de actividades de $ 113 a $ 147.
- Se eleva el monto de los ingresos percibidos para resultar alcanzados por el gravamen, por parte de personas físicas, en concepto de alquiler de un inmueble, a $ 8.957 mensuales o $ 107.484 anuales.
- Se incrementó a $ 52.000.000 el tope de ingresos brutos anuales para el que no resulta aplicable la suspensión de las exenciones para ciertas actividades primarias e industriales (previstas por las leyes 11490, 11518 y 12747). Se debe considerar el total ingresos gravados, no gravados o exentos obtenidos en el 2015 por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera del territorio provincial.