La AFIP, mediante la publicación de la Resolución General N°3826, ha establecido un régimen de información a cumplir por las entidades financieras locales, respecto de las cuentas y operaciones cuyos titulares sean sujetos no residentes.
El mismo tiene sustento en el marco de cooperación con otros países y organismos internacionales para el intercambio de información tributaria y su correspondiente acuerdo para el intercambio automático de información de cuentas financieras entre los países firmantes, dispuesto por el OCDE (Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico).
Dicho régimen de información tendrá una periodicidad anual, y se aplicará a las cuentas cuyo valor al 31 de diciembre de cada año sea igual o superior a U$S 100.000.