Mediante la publicación de la Resolución General Nº 4579 (B.O.: 13/09/2019), AFIP ha modificado el Régimen de Percepciones del Impuesto a las Ganancias para el caso de operaciones de importación.
De esta forma, queda establecido que, las importaciones estarán sujetas, de corresponder, a la percepción del Impuesto a las Ganancias mediante la aplicación de la alícuota del 6% sobre el precio normal definido para la aplicación de los derechos de importación, al que se agregarán todos los tributos a la importación o con motivo de ella y las tasas que pudieran corresponder.
De tratarse de la importación definitiva de bienes que tengan como destino el uso o consumo particular del importador, la alícuota a aplicar será del 11%.
Estas disposiciones entrarán en vigencia a partir del 1 de octubre de 2019.