Mediante la Resolución General (AFIP) 4558 (BO: 26/08/2019), se reglamenta la financiación de los aportes al SIPA prevista en el DR 561/2019, de los trabajadores con una remuneración bruta de hasta $ 60.000 que se devenguen durante los meses de agosto y septiembre de 2019, con un tope para el beneficio de $ 2.000 por mes. Dicho importe se proporcionará al tiempo trabajado, para los contratos de tiempo parcial y también cuando lo trabajado involucre una fracción inferior al mes.
De esta forma AFIP estableció que la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización de la versión 41 release 7 del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”, que estará disponible en la opción “Aplicativos” del sitio “web” de AFIP. A tal fin, en el campo “Ajuste Aporte Decreto 561/2019” que figura, se consignará el aporte personal a reintegrar hasta el tope de dos mil pesos ($ 2.000).
Además el sistema “Declaración en Línea”, receptará las novedades del nuevo release.
La resolución aclara que esta versión permitirá elaborar las declaraciones juradas solo de los trabajadores en relación de dependencia cuya remuneración imponible sea inferior o igual a pesos sesenta mil ($60.000).
La obligación de utilización de la versión 41 release 7 del programa aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” o, en su caso, del sistema “Declaración en Línea”, comprende asimismo las presentaciones de declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes a períodos anteriores, que se efectúen a partir de la fecha de disponibilidad del nuevo release.