Mediante la RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4541 (BO: 01/08/2019), se amplía el régimen de facilidades de pago de hasta 60 cuotas dispuesto por la resolución general 4477, que incluía deuda vencida hasta el 31/01/2019, permitiendo incluir ahora obligaciones vencidas hasta el día 30 de abril de 2019, inclusive.
El régimen dispuesto comprende los siguientes tipos de planes:
- a) Deudas impositivas y previsionales -incluidas retenciones y percepciones impositivas- con sus respectivos intereses y multas, correspondientes a contribuyentes que registren la condición de micro, pequeñas y medianas empresas inscriptas en el “Registro de Empresas MiPyMES”.
- b) Obligaciones correspondientes al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), y/o al Régimen de Trabajadores Autónomos.
- c) Deudas aludidas en el inciso a) de contribuyentes que no registren la condición de micro, pequeñas y medianas empresas en el “Registro de empresas MiPyMES”.
- d) Obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago -generales, sectoriales, regionales o especiales- cuya caducidad haya operado durante el mes de julio de 2019, o hayan sido rechazados a partir del 1 de julio de 2019, en donde se establece un pago a cuenta del 5%.
La cancelación mediante los planes de facilidades de este régimen no implica reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.
Recordamos que hasta el 31/08/2019 hay tiempo para adherirse a cualquier tipo de los planes mencionado anteriormente.