Informamos que el pasado miércoles 05/12/2018 la Cámara de diputados aprobó las siguientes modificaciones a la ley 23.966 de Bienes Personales:
- El mínimo no imponible se incrementa a $2.000.000.
- Se exime del impuesto a la casa habitación cuando su valor sea hasta $18.000.000.
- Se exime del impuesto a los inmuebles rurales de personas físicas.
- Se aplicarán alícuotas progresivas de la siguiente manera:
Valor total de los bienes que exceda el mínimo no imponible |
Pagaran $ |
Mas el % |
Sobre el excedente de $ |
|
Más de $ |
A $ |
|||
0 |
3.000.000 inclusive | 0 | 0,25% | 0 |
3.000.000 |
18.000.000 inclusive |
7.500 |
0,50% |
3.000.000 |
18.000.000 | En adelante | 82.500 | 0,75% |
18.000.000
|
Recordamos que estas modificaciones serán aplicables a partir del periodo 2019.
También destacamos que con la aprobación de la ley 27.467 (Presupuesto 2019) en materia de impuesto sobre los bienes personales se estableció que a partir del ejercicio 2018 la valuación de automotores, motovehiculos, maquinaria agrícola vial e industrial ya no será elaborado por AFIP, sino que será tomada por los valores indicados por la Dirección Nacional de Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.