Por medio de la Ley 27468 (B.O: 04/12/2018) se modifican los valores a partir del cual se aplicará el ajuste por inflación impositivo para los ejercicios que inicien a partir de 01/01/2018. De esta manera, la inflación positiva o negativa medida por IPC (Índice de Precios al Consumidor nivel general) deberá superar:
- En el primer ejercicio: el 55%,
- En el segundo ejercicio: el 30% y;
- En el tercer ejercicio el 15%.
Además en materia contable, debido a la derogación del DR 1269/2002 (P.E) y sus modificatorias, se restablece la presentación de los estados contables reexpresados en moneda homogénea ante los distintos organismos de control.