Mediante Resolución 3/2018 (B.O. 09/08/2018) se fija el salario mínimo, vital y móvil para todos los trabajadores comprendidos en la ley de contrato de trabajo, los de la Administración Pública Nacional, y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares, de acuerdo con la siguiente escala:
- A partir del 01/09/2018, $ 10.700 para los trabajadores mensualizados y en $ 53,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
- A partir del 01/12/2018, $ 11.300 para los trabajadores mensualizados y en $ 56,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
- A partir del 01/03/2019, $ 11.900 para los trabajadores mensualizados y en $ 59,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
- A partir del 01/06/2019, $ 12.500 para los trabajadores mensualizados y en $ 62,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
Así mismo, se incrementan los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, fijándose en las siguientes sumas:
- A partir del 01/09/2018, en $ 2.488,85 y $ 3.982,17.
- A partir del 01/12/2018, en $ 2.628,41 y $ 4.205,47.
- A partir del 01/03/2019, en $ 2.767,90 y $ 4.428,77.
- A partir del 01/06/2019, en $ 2.907,53 y $ 4.652,06.