Se establece mediante la Resolución General (AFIP) 4289/2018 (B.O. 03/08/2018) un nuevo plan de facilidades de pago por deudas vencidas al 30/06/2018 y contemplará la posibilidad de cancelar las obligaciones hasta en 48 cuotas.
Entre las principales características destacamos:
1.Comprende tres categorías de planes, según las obligaciones que se trate:
- Obligaciones anuales, aportes, retenciones y percepciones: obligaciones impositivas anuales, aportes personales de trabajadores en relación de dependencia, retenciones y percepciones impositivas.
- Obligaciones mensuales: aportes de los trabajadores autónomos, impuesto integrado y componente previsional del monotributo, contribuciones con destino a la seguridad social.
- Reformulaciones de planes vigentes
2. Se establece un pago a cuenta de $ 1.000, que no podrá ser inferior al 5% de la deuda para contribuyentes que revistan categorías A, B o C en el SIPER, o al 10% para los sujetos que revistan categorías D o E o no se encuentren categorizados en el SIPER.
3. Quedan excluidas las siguientes obligaciones:
- Anticipos y pagos a cuenta.
- Intereses de las deuda de capital que no estén incluidas en el presente régimen.
- Impuesto a las ganancias y bienes personales vencidos en el 2018 (excepto por acciones y participaciones).
- Aportes y contribuciones de trabajadores del servicio doméstico y casas particulares, del Registro Nacional de Trabajadores y Empleados Agrarios (RENATEA).
- Las cuotas de la ART.
- Los aportes y contribuciones destinadas a obra sociales, excepto para monotributistas.
- Los intereses provenientes de deudas excluidas del régimen de facilidades.
4. La caducidad del plan se producirá cuando exista la falta de cancelación de 2 cuotas a los 30 días corridos de la fecha de vencimiento de la segunda de ellas o por la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 30 días de corridos desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.
Por último, destacamos que el plan de facilidades de pago estará disponible para su acogimiento el día 06/08/2018, excepto para el caso de reformulaciones, que estará disponible a partir del 13/08/2018.