En los últimos días, AFIP publicó la Resolución General Nº 4104-E, fijando el cronograma de vencimiento de las nuevas obligaciones dispuestas para los monotributistas por la Resolución General Nº 3900-E. Esta última establece, entre otras cuestiones, que la recategorización cuatrimestral correspondiente al período mayo/agosto de cada año resultará obligatoria aun cuando el pequeño contribuyente deba permanecer encuadrado en la misma categoría; en tal caso, la recategorización implicará una confirmación de los datos declarados a los fines de su categorización.
Las fechas dispuestas por el Organismo son las siguientes:
- Monotributistas que deban recategorizarse en el mes de setiembre (a una categoría mayor o menor, según corresponda): 20/09/2017
- Monotributistas que no deban recategorizarse, pero sí CONFIRMAR su categoría:
- Categorías F, G, H, I, J y K: hasta el 20/9/2017
- Categorías D y E: hasta el 20/10/2017
- Categorías B y C: hasta el 20/11/2017
- Categoría A: hasta el 20/12/2017
En caso de no realizar la recategorización o confirmación de datos, según corresponda, se producirá la suspensión temporal de la visualización de la “Constancia de Opción Monotributo”, hasta tanto el contribuyente regularice su situación.
