Por medio de la Resolución (ANSES) 34-E/2017, publicada el 10/03/2017 en el Boletin Oficial, y con vigencia desde esa misma fecha:
- Se aprueban los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 28 de febrero de 2017 o que continúen en actividad a partir del 1 de marzo de 2017.
- Se fija el valor de la movilidad en un 12,96% para las prestaciones del SIPA que se devenguen o hubiesen correspondido devengar al mes de febrero de 2017.
- El haber mínimo garantizado queda en $ 6.394,85 y el máximo en $ 46.849,81.
- El importe de la Prestación Básica Universal (PBU), prevista en el artículo 19 de la ley 24241, se fija en la suma de $ 3.021,16.
- La base imponible mínima queda establecida en $ 2.224,32 y la máxima en $ 72.289,62, a partir del devengado marzo de 2017.