Mediante el Decreto 1206/2016 se establecen nuevas precisiones respecto de la exteriorización de bienes en el marco de la ley de blanqueo (Ley 27.260):
- Se permite el ingreso al blanqueo de los cónyuges, padres e hijos menores emancipados de los funcionarios públicos (incluidos en el art. 82) solo en el caso de bienes sobre los que se acredite que se encontraban incorporados a su patrimonio con anterioridad a la fecha en que los citados funcionarios hubieran asumido sus cargos.
- Las personas humanas o sucesiones indivisas podrán también exteriorizar a su nombre bienes de sociedades del exterior, cuando se trate de participaciones indirectas, es decir, cuando el bien que se declare pertenezca a una sociedad o ente en el cual tenga participación otra sociedad o ente del cual el declarante sea titular.
- Las personas humanas o sucesiones indivisas que exterioricen bienes que se encuentran a nombre de sociedades del exterior podrán imputar, en la proporción declarada, las rentas y computar los gastos, deducciones y créditos fiscales por impuestos análogos que tribute la sociedad o ente en el exterior en la medida en que tengan vinculación directa con los bienes y tenencias exteriorizados. A su vez establece que en caso de optar por cambiar la titularidad a nombre del declarante, dicha transferencia se considerará no onerosa a los fines tributarios, por lo que no generará ningún tipo de gravamen, y estará eximida de cualquier deber de información establecido por la AFIP.
- Se realiza una diferenciación respecto de la valuación de acciones, participaciones, partes de interés o beneficios en entes del país o del exterior. Las entidades consideradas pasivas continuarán valuando la misma al valor proporcional del activo, mientras que las consideradas activas valuarán al valor patrimonial proporcional que surja del último balance cerrado con anterioridad al 1/1/2016. En el caso que se trate de entes constituidos en el exterior, la valuación podrá surgir de un balance especial confeccionado al 22/7/2016.
Estas disposiciones entraron en vigencia el día 30/11/2016 y son de aplicación desde el 01/12/2016.