La Provincia de Tierra del Fuego, a través de la Ley 1122 (B.O: 04/11/2016), adhiere al Régimen de Sinceramiento Fiscal establecido por la Ley 27.260.
En tal sentido, dispone que los sujetos que exterioricen bienes dentro del citado régimen quedaran liberados de toda acción penal tributaria, aun cuando se encuentren en proceso de fiscalización o discusión administrativa, y quedarán condonadas las multas materiales y formales por los bienes o tenencias declarados. A su vez, establece que los contribuyentes que adhieran deberán ingresar el impuesto sobre los ingresos brutos omitido, aplicando la alícuota que corresponda a la actividad por la que se genera y que tuviera origen en los bienes y tenencias declarados en forma voluntaria dentro del mismo. También deberán ingresar el impuesto de sellos e inmobiliario omitidos, de acuerdo con lo dispuesto por la ley impositiva vigente.
En caso que el contribuyente o responsable cumpliera con su obligación de pago de los impuestos omitidos en una (1) cuota, se le condonarán los recargos y/o intereses que pudieran corresponder.