Se recuerda que a partir del 01/11/2016, aquellos responsables inscriptos que aún no habían sido alcanzados por el régimen de factura electrónica por tener ventas inferiores a los $ 500.000 durante el 2015, deberán comenzar a aplicar esta modalidad de facturación.
Originalmente la obligación de emisión de comprobantes electrónicos por parte de los contribuyentes responsables inscriptos resultaba de aplicación a partir del 1° de Julio de 2015, por todas sus operaciones realizadas en el mercado interno, siempre que las mismas no se encontraren alcanzadas por el régimen de controladores fiscales prix du viagra france. Luego fue prorrogado sólo para los contribuyentes que hayan tenido problemas en su implementación. Situaciones reguladas en las RG (AFIP) 3840 y RG (AFIP) 3749.