Mediante la Resolución Nº 198/2016 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo se crea el “Registro Nacional de Litigiosidad del Sistema de Riesgos del Trabajo” (RENALI), al cual se incorporarán los datos del “Registro de Actuaciones Judiciales de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo”.
Las ART y los empleadores autoasegurados (EA) deberán informar al RENALI con carácter de declaración jurada, los procesos judiciales y conciliatorios en los que intervengan en carácter de demandados, codemandados, citados en garantía, por citación de terceros, con motivo de reclamos sustanciados en el marco de la ley 24557, como así también las novedades que se produzcan en el desarrollo de los procesos. El plazo que se les otorga para cumplir con esta olbigación es de 15 días hábiles desde que sean notificados. Además deberán remitir retroactivamente, en un plazo de sesenta (60) días desde la entrada en vigencia de la presente resolución, la información de todas las actuaciones judiciales y mediaciones iniciadas a partir del 1 de enero de 2016. Esta norma entrará en vigencia el 06/07/2016.