Se otorga un subsidio extraordinario –por única vez- de $500 a los beneficiarios de:
- prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (siempre que perciban el haber mínimo jubilatorio vigente);
- Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignación por Embarazo para Protección Social;
- titulares de pensiones no contributivas y pensiones graciables otorgadas por la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales;
- pensiones honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
Este beneficio no será susceptible de descuento y se liquidará por única vez en el mes de abril de 2016.