El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Córdoba informa que a partir del 1 de febrero comienza a notificar en forma mensual la falta de presentación de:
-Libros Digitales
-Reportes de Libro Manual
-Carga de Trabajadores
Las intimaciones –con FIRMA DIGITAL- serán dirigidas a los mails declarados en el sistema de Empadronamiento On Line. Los empleadores deberán cumplir con las presentaciones requeridas en el plazo de 10 días hábiles. Si subsiste el incumplimiento una vez cumplido el plazo, se labrará el Acta de Infracción (en los términos del artículo 9 de la ley 8015) y se remitirán los antecedentes al REGISTRO DE INFRACTORES (Resolución 4/2015).
Los empleadores podrán realizar descargo únicamente en el caso de que hayan recibido una intimación por alguna presentación ya cumplida a la hora de la notificación electrónica. Deberá enviarse al mail [email protected], conteniendo la siguiente información:
1-Datos de la empresa: nombre, CUIT y Delegación. Poner como asunto: “Descargo por Intimación Falta de…” (agregar el motivo de la notificación)
2-Nota que manifieste los motivos del descargo (archivo PDF o Word)
3-Prueba de la presentación solicitada por Intimación Electrónica (archivo PDF o Word)
4-Copia impresa de la Intimación (archivo PDF)
Cabe destacar que no se otorgarán prórrogas individuales a los fines del cumplimiento de las presentaciones tanto de Libros Digitales, Reportes Libros Manuales y/o Carga de Trabajadores en virtud del plazo transcurrido desde la vigencia de la resolución 4/2015, 136/2015, 145/2015 y 147/2015.