A través la Resolución 06/1 publicada el día 22/12/2015, la Municipalidad de Córdoba prorroga la fecha límite de vigencia para el acogimiento al régimen de regularización de deudas hasta el día 15/01/2016.
Mediante el citado régimen, podrán incluir diversas obligaciones, siendo las más relevantes:
- Contribución que incide sobre los inmuebles
- Contribución que incide sobre los vehículos automotores, acoplados y similares,
- Contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios
Los planes de regularización de deudas podrán ser otorgados para regularizar deuda exigible y vencida al día 31 de agosto de 2015, según las siguientes condiciones:
- Para la generalidad de contribuyentes, excepto aquellos Tipo 3 “Grandes Contribuyentes” y Tipo 4 “Contribuyentes de interés fiscal”, el plan de pagos consiste en un anticipo del 15%, y hasta 23 cuotas posteriores.
- En el caso de los contribuyentes Tipo 3 y 4, se otorgará con un anticipo de entre un 20% y un 25% de la deuda, y un máximo de 11 cuotas posteriores.
Prevé además la condonación del 100% de multas no firmes, y sustitutivo de multas por presentación extemporánea de DDJJ, y del 50% para sustitutivo de multa (excepto el caso anterior).